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ALGUNAS REGLAS SOBRE AMORTIZACIONES

Contable
LA NORMATIVA CONTABLE PERMITE CIERTA FLEXIBILIDAD AL APLICAR LAS AMORTIZACIONES DE ACTIVOS.

Cada año las empresas pueden deducirse un gasto en concepto de amortización de sus activos. Y la normativa contable da cierta flexibilidad a la hora de calcular dicha amortización.

Ejemplo 1. En la amortización de inmuebles, sólo es amortizable la parte de valor correspondiente a la edificación. Y a la hora de desglosar ese valor del valor total, muchas empresas aplican la proporción existente entre los valores catastrales del terreno y de la edificación que aparece en el recibo del IBI. Pues bien, si se justifica que el valor de la edificación es superior al que resulta de esa proporción, la amortización será más alta, reduciéndose el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio.

Ejemplo 2. Las tablas de amortización aprobadas por Hacienda establecen unos porcentajes mínimos y máximos de amortización anual. Y las empresas pueden moverse dentro de esos porcentajes de un año a otro; no están obligadas a seguir cada año con el porcentaje aplicado al inicio.

Ejemplo 3. Algunos activos pueden amortizarse de forma degresiva (por un importe más alto los primeros años de vida útil, y más bajo los últimos). Ello permite anticipar el gasto y diferir el pago del Impuesto sobre Sociedades, con el consiguiente ahorro financiero.

 

Existen otras reglas en materia de amortización que pueden ayudarle a reducir el pago del Impuesto sobre Sociedades. En FEMAES nuestros profesionales le asesorarán en esta materia y optimizarán su factura fiscal.

 

 

(Francis Lefebvre. El Derecho.com)

 

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