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CHEQUE RESTAURANTE: TAMBIÉN EN TELETRABAJO

Fiscal, Laboral
LA ENTREGA DE CHEQUES RESTAURANTE TAMBIÉN ESTÁ EXENTA DEL IRPF PARA LOS EMPLEADOS QUE REALIZAN TELETRABAJO.

La entrega de cheques restaurante a los empleados está exenta en el IRPF de éstos, siempre que se cumplan los requisitos y se lleven los controles previstos en la ley (controles que, en la práctica, ya facilitan las empresas especializadas que comercializan esta forma de pago):

  • La cuantía que no tributa es de hasta 11 euros diarios.
  • La empresa empleadora debe llevar un control sobre los cheques entregados a cada trabajador, los cheques deben estar numerados, se deben expedir de forma nominativa y deben indicar su importe nominal.
  • Los cheques deben utilizarse en establecimientos de hostelería en días hábiles en los que, además, el trabajador no haya devengado dietas por manutención.
  • Los cheques no pueden ser transmisibles ni reembolsables, y la cuantía no consumida en un día no puede acumularse a otro.

Pues bien, recientemente la normativa ha aclarado que los empleados que realizan teletrabajo también pueden seguir disfrutando de la exención (con efectos retroactivos desde 1 de enero de 2020). Así, la exención también se aplica cuando el trabajador recoge la comida en el establecimiento de hostelería, o incluso si se le entrega un pedido en su centro de trabajo o en el lugar elegido para teletrabajar (que puede ser su propio domicilio).

 

 

 

En FEMAES, nuestro departamento fiscal le asesorará sobre las formas de retribución que disfrutan de ventajas fiscales para los empleados

 

 

 

 

(Francis Lefebvre. El Derecho.com)   

 

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