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EL ERTE NO AFECTA A LA JUBILACIÓN

Laboral
SI UN TRABAJADOR EN EDAD CERCANA A LA JUBILACIÓN SE VE AFECTADO POR UN ERTE, LA CUANTÍA DE SU FUTURA PENSIÓN NO SE VERÁ AFECTADA.

Si durante un ERTE el trabajador accede a la prestación por desempleo, la empresa sigue cotizando a la Seguridad Social. Dicha obligación existe tanto si el ERTE es de suspensión de contrato como de reducción de jornada, y con independencia de que la empresa se pueda aplicar o no una exoneración en las cuotas.Asimismo, la base de cotización del trabajador mientras cobra el paro es igual al promedio de las bases de los seis meses anteriores a la situación legal de desempleo (de los seis meses anteriores al ERTE). Por tanto, como la base reguladora de la jubilación se calcula sumando las bases de los últimos años, dicha base reguladora no se verá afectada por el ERTE, porque durante éste se habrá seguido cotizando por las bases que ya tenía el trabajador.

Por tanto, se mantienen los dos parámetros para calcular la cuantía de la pensión de jubilación (la propia cotización y la base reguladora), de forma que dicha pensión no se ve afectada por el ERTE.

 

En FEMAES, nuestro despacho le asesorará sobre todos los aspectos relacionados con su jubilación o con otras materias de índole laboral.

 

 

(Francis Lefebvre.El Derecho.com) 

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