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Hacienda multiplica por cinco sus avisos por alquileres en ‘negro’

Fiscal
  • Han aflorado rendimientos inmobiliarios de más de 122.000 declarantes en tres años

La Agencia Tributaria multiplicó por más de cinco los avisos a los contribuyentes arrendadores en la Campaña de la Renta 2017, hasta alcanzar los 700.000 avisos, y ha aflorado rendimientos inmobiliarios de más de 122.000 declarantes de esta partida en tres años, con un ensanchamiento de bases imponibles de más de 1.300 millones de euros.

Así figura en el informe de lucha contra el fraude fiscal referido al ejercicio 2018, que muestra que el año pasado (Campaña de la Renta 2017), se incrementaron considerablemente respecto a los dos ejercicios previos los avisos en datos fiscales a los contribuyentes con la consideración de presuntos arrendadores.

Hacienda viene realizando estos avisos en los últimos años al tener conocimiento, por ejemplo, de que determinados contribuyentes han anunciado el alquiler de un inmueble en plataformas de alquiler por Internet. De esta forma, la AEAT ha multiplicado por más de cinco los avisos a este colectivo de contribuyentes, al pasar de los 136.600 avisos en la Renta de 2016 a generar casi 700.000 mensajes en la Renta de 2017, realizada el año pasado.

Registro en las plataformas de vivienda turística

Las plataformas de alquiler de viviendas de uso turístico comenzaron a suministrar desde el pasado mes de enero a la Agencia Tributaria los datos fiscales relativos a esta actividad, como información de los anfitriones y detalles de sus anuncios, que incluyen el nombre y la dirección, y sus transacciones desde 2018, tras la entrada en vigor de la obligación de que compartan los datos de las reservas de los anfitriones.

El Ministerio de Hacienda dio más margen a las plataformas como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba para suministrar los datos fiscales, con una presentación «excepcional» de carácter anual para 2018, pero trimestral para el resto de ejercicios. Por consiguiente, debe presentarse en relación con las operaciones realizadas en cada trimestre natural, en el plazo comprendido entre el primer y el último día del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiera la declaración.

Esta obligación conllevó la entrada en funcionamiento el modelo 179 de ‘Declaración informativa trimestral del arrendamiento de viviendas con fines turísticos.

Europa Press.

elEconomista.es

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