INCENTIVOS EN LAS COTIZACIONES DURANTE EL ERTE
CONOZCA LOS INCENTIVOS APLICABLES SOBRE LAS COTIZACIONES DEVENGADAS DURANTE UN ERTE DE FUERZA MAYOR.
En una situación normal, la existencia de un ERTE no exime de la obligación de seguir cotizando. Sin embargo, en los ERTEs por fuerza mayor debidos al coronavirus se han aprobado algunos incentivos.
En concreto, las empresas han podido aplicar una exoneración del 100% en las cotizaciones de marzo y abril (o del 75% si tienen 50 o más trabajadores), y podrán seguir aplicándolo en mayo y en junio si permanecen en ERTE por fuerza mayor sin haber podido reiniciar su actividad hasta el 30 de junio de 2020.
Además, las empresas que se encuentren en situación de fuerza mayor parcial (de modo que hayan ido recuperando parcialmente su actividad), también podrán aplicar una exoneración en las cotizaciones de mayo y de junio. Ello, tanto en las cotizaciones de los trabajadores que se mantengan en el ERTE como en las cotizaciones de los trabajadores que hayan vuelto a trabajar (es decir, que hayan sido desafectados).
El porcentaje de exoneración depende del tamaño de la empresa y de si el trabajador permanece en el ERTE o se ha reincorporado a su puesto, según el siguiente cuadro:
Tipo de empresa |
Mes de mayo |
Mes de junio |
||
Trabajadores en ERTE |
Trabajadores desafectados |
Trabajadores en ERTE |
Trabajadores desafectados |
|
Menos de 50 trabajadores |
60% |
85% |
45% |
70% |
50 o más trabajadores |
45% |
60% |
30% |
45% |
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(Francis Lefebre.El Derecho.com)