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LA CAUSA DE DISOLUCIÓN SIGUE SUSPENDIDA

Mercantil
SE PRORROGA LA MEDIDA PARA FAVORECER A LAS EMPRESAS EN DIFICULTADES.

Cuando una sociedad sufre pérdidas que dejan reducido su patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, se encuentra en causa de disolución, y los administradores deben tomar medidas y convocar a los socios para que regularicen la situación (en general, aportando fondos, solicitando concurso o acordando la disolución y liquidación de la empresa).

No obstante, para evitar que las pérdidas derivadas del COVID-19 dejasen a muchas empresas en situación irregular, se aprobó una norma que dejaba en suspenso dicha causa de disolución y establecía que las pérdidas del ejercicio 2020 no debían tenerse en cuenta a estos efectos.

Pues bien, dicha medida se ha prorrogado también para el año 2021, por lo que las pérdidas de este año tampoco deben tomarse en consideración a los efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución.

 

 

En FEMAES,nuestros profesionales verificarán la situación patrimonial de su empresa y le propondrán las medidas más adecuadas en caso de dificultades económicas.

 

 

 

 

 

(Lefebvre. El Derecho.com)

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