PARTIDAS LABORALES EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

VEA ALGUNOS GASTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL QUE SE PUEDEN COMPUTAR EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA.
- Los trabajadores afiliados a un sindicato pueden deducir como gasto las cuotas satisfechas.
- También son deducibles las cuotas satisfechas a un colegio profesional cuando la colegiación sea obligatoria. El tope del gasto deducible es de 500 euros anuales.
- Asimismo, son deducibles los gastos de defensa jurídica derivados de litigios entre el trabajador y su empresa, con un tope de 300 euros anuales.
Por otro lado, para facilitar la presentación de la declaración al colectivo de afectados por ERTE ( las prestaciones por desempleo son rendimientos del trabajo sujetas a IRPF), Hacienda ha elaborado un documento con una serie de recomendaciones e información explicativa. Pulse aquí si desea obtenerlo.
Entre otros gastos, son deducibles las cuotas satisfechas a sindicatos y las satisfechas a colegios profesionales cuando la colegiación es obligatoria.
En FEMAES, nuestros profesionales le ayudarán de cara a la presentación próxima de IRPF.