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SI VENDE ACTIVOS ESENCIALES…

Mercantil
LOS ADMINISTRADORES TIENEN LIMITACIONES A LA HORA DE VENDER DETERMINADOS ACTIVOS DE LA EMPRESA.
En la coyuntura económica actual es posible que algunas empresas se planteen vender algún activo (por ejemplo, un inmueble) para conseguir liquidez. O que, por el contrario, encuentren a buen precio algún activo y se planteen adquirirlo para el negocio.
Pues bien, si se trata de “activos esenciales”, no pueden realizar estas operaciones sin la aprobación de la junta de socios.
  • A estos efectos, se presume que un activo es esencial si el importe de la operación supera el 25% del valor de los activos que figuren en el último balance aprobado.
  • Pero no se confíe: la ley establece una mera presunción, por lo que, aunque no se supere ese límite cuantitativo, el activo puede ser igualmente esencial. Por ejemplo, una máquina que sin superar ese porcentaje sea absolutamente necesaria para continuar con la actividad de la empresa.
Si usted es administrador de su empresa y tiene dudas sobre el carácter esencial o no del activo que va a comprar o vender, evite riesgos y solicite la autorización de la junta de socios. Si no lo hace, algún socio podría solicitar la anulación de la operación realizada y usted, como administrador, podría incurrir en responsabilidades económicas (por haberse extralimitado en sus facultades).
En FEMAES, nuestros profesionales están a su disposición para aclararle cualquier duda sobre los actos que puede realizar en su condición de administrador.

 

 

(Francis Lefebvre. El Derecho.com)   

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