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REVISIÓN DE ESTATUTOS

Mercantil
CUANDO SE CONSTITUYE UNA SL ES FRECUENTE QUE LOS SOCIOS UTILICEN UNOS ESTATUTOS ESTÁNDAR, QUE CONVIENE REVISAR.
Estos estatutos estándar suelen remitirse a lo que dice la ley (o repiten lo establecido en ésta). Sin embargo, en muchas materias la regulación legal es subsidiaria, y prima lo que digan los estatutos. Vea, entonces, algunas cuestiones en las que quizá le convenga separarse de lo que dice la ley:

  • Transmisión de participaciones. La ley establece un derecho de adquisición preferente a favor de determinadas personas. Pues bien, los estatutos pueden modificar ese derecho, ampliándolo o reduciéndolo. Eso sí, no es posible prohibir la transmisión (salvo en determinados casos excepcionales), y tampoco es posible hacerla prácticamente libre.
  • Separación y exclusión de socios. La ley permite a los socios separarse de la sociedad cuando ésta adopte determinados acuerdos, siempre que no hayan votado a favor.  O permite excluirlos en determinados supuestos especiales. Pues bien, en los estatutos es posible incluir causas de separación o de exclusión adicionales.
  • También es posible aumentar los quórums para la adopción de acuerdos, siempre que no se exija la unanimidad.

 

 

Evite estatutos estándar y adáptelos a sus necesidades concretas desde la propia firma de la escritura de constitución, o posteriormente. En FEMAES, le ayudaremos a analizar su caso concreto y a modificar dichos Estatutos si lo considera necesario.

 

 

 

 

(Francis Lefebvre. El Derecho.com)   

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